Por lo menos tres sanciones contra la empresa anglo francesa preparan las autoridades ambientales de Colombia debido al proyecto Casanare por fallas en los manejos ambientales de ese sector, según fue publicado en la revista digital Bloomberg línea.
Perenco es una multinacional con presencia en 14 países entre los que se incluye Colombia, Brasil, México, Trinidad Tobago y Guatemala en Latinoamérica, en sus proyectos del llano colombiano registra una producción estimada en 15 mil barriles de petróleo equivalente diario BOEPD. La mayor parte de su producción se origina en África, con proyectos en Camerún y Gabaón, que representa unos 210 mil BOEPD
No entrego información
La primera de las sanciones conocidas por Bloomberg línea está relacionada con el incumplimiento de la presentación de soportes que evidencien la ejecución de las actividades de seguimiento y monitoreo sobre los problemas sociales o de relaciones con la comunidad para los años 2012, 2013 y 20214 con la presentación de información relacionada con el cumplimiento de las actividades de comunicación e información correspondiente al ICA 5 y de las reuniones o acercamientos realizados con la comunidad.
Esta infracción está relacionada con el bloqueo Caño Garza, localizado en jurisdicción del departamento del Casanare. Al omitir con la presentación de la mencionada documentación le impidió a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) verificar si se realizó el relacionamiento social con los grupos de interés presentes en el área del proyecto.
De acuerdo con la ANLA las actividades del programa de gestión socio ambiental debieron implementarse en la vereda la soledad y playitas del municipio de paz de Ariporo, así como en las veredas Paso Real de la soledad y San Pedro en el municipio de La Trinidad.
No hay reporte de aguas residuales
Perenco Compañía Limited, titular del proyecto área de producción morichal – Casanare no presentó soporte relacionado con el volumen de aguas residuales domesticas generadas durante la etapa de construcción de obras civiles, tratamiento, forma de disposición y resultados de monitoreos fisicoquímicos, efectuados antes de su vertimiento del pozo morichal – 8.
A juicio de ANLA, esto impidió verificar la efectividad de las acciones implementadas para el cumplimiento del manejo de aguas residuales domesticas, industriales, pruebas hidrostáticas y aguas de lluvia.
Otros de los motivos de la sanción están relacionados con la presentación de los soportes de la entrega a corporinoquia de los resultados de los monitores de los cortes de perforación.
Asimismo, se le acusó de no presentar dentro de los monitoreos de los años 2018, 2019 y 2020, los informes de calidad del aire realizados analmente en el proyecto.
No atendió derrame
La tercera infracción por la cual será sancionada la compañía tiene que ver con el hecho de no haber retirado el material producto de la contingencia presentada en la línea de flujo en las locaciones de los pozos lgn2, lgn3 y lgn5.
El derrame de crudo se presentó en 2014 y según ANLA, en un auto de 2015 se le ordenó a Perenco Colombia que realizada actividades para recuperar y reconformar los suelos contaminados con suelos de características químicas, físicas, estructurales y orgánicas iguales o similares a los sueños originales, garantizando una compactación y textura igual a la de los suelos de los entornos inmediatos al área afectada, para lo cual se deberán presentar informes de avance cada cuatro meses hasta tanto se haya realizado la recuperación del suelo afectado.
Posteriormente, en2016 durante las actividades de seguimiento a dicha orden impartida, la ANLA advirtió que aun se evidencias trazas de hidrocarburo en el suelo removido.
En ese sentido dijo que se requiere realizar análisis fisicoquímicos a los suelos del área de bioremedacion, dada que se evidencian trazas y olor a hidrocarburos por lo que en su momento se configuró el incumplimiento a la obligación.
Es de importancia resaltar que la sociedad indicó durante la actuación de la ANLA que de acuerdo a los resultados, los parámetros medidos en los suelos se encuentran dentro de los límites permisibles de acuerdo con la norma Louisiana 298.
Sin embargo, la autoridad asegura que los resultados obtenidos en los parámetros de monitoreo de los suelos de la locaciones lgn-02, lgn-03 y lgn-5 muestran que la sociedad no ha realizado las actividades para recuperar y reconformar los suelos contaminados, información que se puede corroborar, información que se pudo corroborar en la visita de control y seguimiento ambiental realizado el 6 y 9 de julio de 2022, donde se pudo ver el material de los suelos contaminados.
En concreto, la sanción será por no haber retirado el material depuesto en las locaciones de los pozos lgn2, lgn3 y lgn5 por atención de la contingencia ocurrida en el año 2014 y al no entregarlo por la ANLA aproximadamente y contra las decisiones de iniciar el procedimiento sancionatorio no procede ningún tipo de recurso.
Texto: Bloomberg línea
#metroredes www.elmetropolitano.com.gt www.metroredes.com