El Congreso de la República de Guatemala publicó este día la Ley Temporal para Ampliar el Plazo de Pago del Impuesto de Circulación de Vehículos.
El Decreto 13-2024 amplía el plazo de pago del impuesto mencionado en todo el territorio nacional, e incluye vehículos terrestres, marítimos y aéreos.
La disposición legal anterior responde a la necesidad de apoyar la economía de los guatemaltecos. Esto, tomando en cuenta el alto costo de la vida y la cantidad de gastos que efectúan jefes de hogar y guatemaltecos en general.
El costo de la vida limita la capacidad adquisitiva y, por tanto, se hace necesario apoyar en el pago de impuestos como el mencionado.
Por lo tanto, el decreto anterior dispone que el pago del impuesto de circulación vehicular se extiende hasta el último día hábil de septiembre de 2024.
Con base en su potestad, el Legislativo lo envió al Legislativo para su respectiva sanción. La norma fue emitida el 20 de junio del presente año.
El 4 de julio de 2024, el presidente de la República, Bernardo Arévalo, sancionó dicho decreto para su respectiva publicación en el diario oficial, hecha efectiva este 8 de julio.
Sanción
El Arévalo dijo que firmó la ampliación del plazo para pagar el impuesto sobre circulación de vehículos hasta el 30 de septiembre.
La tardanza en la sanción dada al Decreto 13-2024 del Congreso de la República, aprobado el 20 de junio, se debe a que se recibió en Presidencia hasta el jueves de la semana pasada, afirmó.
Al respecto, informó:
Lo aprobaron el 20 (de junio), pero lo enviaron hasta ayer.
Con la firma presidencial se amplía la prórroga para el pago del impuesto vehicular en toda Guatemala. El decreto sancionado fue publicado este lunes 8 de julio de 2024 en el Diario de Centro América.
Esta disposición apoya en gran medida la economía de los guatemaltecos, situación de la cual está consciente el Ejecutivo.
Isaac Ramírez
#metroredes www.elmetropolitano.com.