El pleno del Congreso de la República aprobó esta noche un subsidio al Diésel y la gasolina Súper y Regular por tres meses con una inversión de dos mil millones de quetzales que fue presentado por el gobierno central y recibió el apoyo de 115 diputados presentes y plasmado en el Decreto 11-2026
El apoyo social temporal, será de ocho quetzales (Q. 8.00), por cada galón de diesel y de cinco quetzales (Q. 5.00), por cada galón de gasolina super o regular, debiendo reflejarse directamente en el precio final al consumidor.
Este beneficio se aplicará con base a lo siguiente:
a) Solo podrán optar al apoyo social temporal creado mediante esta Ley, cuyo objeto es beneficiar a los consumidores finales de diésel y gasolina super y regular, mediante el traslado del beneficio en la cadena de distribución y comercialización, los importadores de diésel y de gasolina super y regular, se encuentren registrados como tal en la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, con anterioridad a la fecha en que entra en vigencia la presente ley
b) Los importadores de los productos petroleros a que hace referencia la presente ley, deberán reflejar la disminución del monto correspondiente al apoyo social temporal, en el precio de venta en terminal (EX-RACK).
C) La Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- informará al Ministerio de Energía y Minas, a través de los mecanismos y periodicidad que se establezcan en el reglamento de la presente Ley, el monto descontado por persona individual o jurídica importadora, en concepto de apoyo social temporal.
d) En todas las facturas emitidas en la cadena de comercialización, deberá consignarse la anotación del apoyo social temporal establecido en la presente ley.
El beneficio deberá trasladarse obligatoriamente al consumidor final mediante la reducción equivalente en el precio de venta del combustible.
Control del Subsidio lo realizará la Diaco
La ley establece que en cuanto a la verificación y control de este subsidio lo hará el Ministerio de Energía y Minas, en coordinación con el Ministerio de Economía, este último, por conducto de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (DIACO), verificara la adecuada implementación del apoyo social temporal, y podra realizar los operativos de supervisión, inspecciones y monitoreos de precios en expedíos de combustibles, a efecto de determinar que el apoyo social temporal, se haga efectivo a los consumidores finales.
#CongresoGT#Combustibles#elfinancierogt




